Obtén el Certificado de e.firma para tu empresa
Te permite obtener tu certificado digital de e.firma por primera vez.
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¿Quiénes lo presentan?
Contribuyentes Personas Morales.
Costo
Trámite gratuito
¿Cuándo se presenta?
Cuando requieras obtener tu e.firma por primera vez o se necesite realizar una actualización al expediente de e.firma derivado de algún cambio previo al RFC en la denominación, régimen o representante legal.
Fundamento Legal
Código Fiscal de la Federación, artículo 17-D.
Resolución Miscelánea Fiscal vigente, regla
2.2.14. "Requisitos para la solicitud de generación o renovación del certificado de e.firma".
Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, fichas de trámite:
312/CFF “Solicitud de generación del Certificado de e.firma para personas morales”.
197/CFF “Aclaración en las solicitudes de trámites de Contraseña o Certificado de e.firma”.
- Programa tu cita en la oficina del SAT de tu preferencia.
- Acude a tu cita con los requisitos señalados.
- Presenta tus documentos.
- Recibe tu certificado de e.firma.
- Firma el acuse de generación de e.firma.
Información adicional
Con la finalidad de asegurar el vínculo que debe existir entre un certificado digital y su titular, durante la cita se tomarán tus datos de identidad, consistentes en la digitalización de los documentos originales.
Consulta el aviso de privacidad en:
Para realizar el trámite de generación de certificado de e.firma de persona moral en cualquier oficina del SAT o Módulo de Servicios Tributarios, es necesario que el representante legal presente la clave del RFC válida, de cada uno de los socios, accionistas o asociados que se mencionen dentro del acta constitutiva, en el caso de que dichos sujetos sean diferentes a los señalados en la citada acta, se deberá presentar el acta de asamblea protocolizada que así lo acredite (original).
Cuando se cuente con más de cinco socios, debes proporcionar en unidad de memoria extraíble (USB) un archivo en formato Excel (*.xlsx) que contenga la información de la totalidad de socios, accionistas o integrantes de la persona moral con las siguientes características:
- Primera columna. – RFC a 13 posiciones del representante legal, socio, accionista o integrante de la persona moral o, en el caso de socios personas morales, el RFC a 12 posiciones (formato alfanumérico).
- Segunda columna. – Nombre(s) del socio, accionista o integrante de la persona moral. En caso de que los socios, accionistas o integrantes sean personas morales, la denominación o razón social (formato alfanumérico).
- Tercera columna. - Primer apellido del socio, accionista o integrante de la persona moral. (formato alfabético).
- Cuarta columna. – Segundo apellido del socio, accionista o integrante de la persona moral. (formato alfabético).
La información se debe presentar sin tabuladores, únicamente mayúsculas, las columnas deben contener los siguientes títulos: RFC, nombre, apellido paterno y apellido materno, no estar vacías y se debe nombrar el archivo con el RFC de la persona moral que solicita el trámite.
Manifestación por escrito que contenga las claves del RFC válidas de los socios, accionistas o asociados, los cuales deben coincidir con la información contenida en el documento constitutivo o, en su caso, en el acta de asamblea protocolizada que así lo acredite (original).
Manifestación por escrito que contenga la clave del RFC del socio o accionista que cuenta con el control efectivo de la persona moral de conformidad con lo señalado en el artículo 27, apartado B fracción VI, del CFF. El socio o accionista debe coincidir con la información contenida en el acta constitutiva o, en su caso, en el acta de asamblea protocolizada.
Adicionalmente, se deben presentar los siguientes requisitos para cada caso:
Personas distintas de sociedades mercantiles:
- Documento constitutivo de la agrupación (original o copia certificada) o, en su caso, la publicación en el diario, periódico o gaceta oficial (copia simple o impresión).
Misiones diplomáticas:
- Documento con el que la SRE reconozca la existencia de la misión diplomática en México (original).
- Carné de acreditación expedido por la Dirección General de Protocolo de la SRE de la persona que realizará el trámite ante el SAT.
Asociaciones en participación:
- Contrato de la asociación en participación (original).
- Identificación oficial vigente de los contratantes y del asociante (en caso de personas físicas), que puede ser cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente (original).
- Acta constitutiva, cualquiera de los poderes señalados en los numerales 2, 3 y 4 del Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. (copia certificada) e identificación oficial original, que acredite al representante legal, en caso de que participe como asociante o asociada una persona moral.
- Testimonio o póliza, en caso de que así proceda, donde conste el otorgamiento del contrato de asociación en participación ante fedatario público, que este se cercioró de la identidad y capacidad de los otorgantes y de cualquier otro compareciente y que quienes comparecieron en representación de otra persona física o moral contaban con la personalidad suficiente para representarla al momento de otorgar dicho instrumento (original).
- Documento donde conste la ratificación de contenido y firmas de quienes otorgaron y comparecieron el contrato de asociación en participación ante fedatario público, que este se cercioró de la identidad y capacidad de los otorgantes y de cualquier otro compareciente y de que quienes comparecieron en representación de otra persona física o moral contaban con la personalidad suficiente para representarla al momento de otorgar dicho contrato (copia certificada).
Personas morales residentes en el extranjero con o sin establecimiento permanente en México:
- Acta o documento constitutivo debidamente apostillado o legalizado, según proceda. Cuando estos consten en idioma distinto del español debe presentarse una traducción al español realizada por un perito autorizado (copia certificada).
- Según proceda en cada caso:
- Contrato de asociación en participación con firma autógrafa del asociante y asociados o de sus representantes legales (original).
- Contrato de fideicomiso con firma autógrafa del fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria (original).
- Documento con que acrediten el número de identificación fiscal del país en que residan, cuando tengan obligación de contar con este en dicho país (copia certificada, legalizada o apostillada por autoridad competente).
- Acta o documento debidamente apostillado o legalizado, en el que conste el acuerdo de apertura del establecimiento en el territorio nacional (copia certificada).
Administración Pública y demás Órganos de Estado (Federal, Estatal, Municipal):
- Decreto o acuerdo por el cual se crean dichas entidades, publicado en órgano oficial de difusión (copia simple o impresión del diario, periódico o gaceta oficial), o bien, copia simple o impresión de las disposiciones jurídicas vigentes que acrediten su constitución, personalidad jurídica y estructura orgánica.
- Tratándose de unidades administrativas u órganos administrativos desconcentrados, la autorización del ente público al que pertenezcan.
- El representante legal o funcionario público debe contar con facultades para representar al ente público ante cualquier tipo de autoridades o para toda clase de actos administrativos y acreditar su personalidad con lo siguiente:
- Original del nombramiento.
- En su caso, copia simple o impresión del precepto jurídico contenido en Ley, Reglamento, Decreto, Estatuto u otro documento jurídico donde conste su facultad para fungir con carácter de representante del ente público del cual pretende tramitar el certificado de e.firma, solo en caso de no encontrarse publicado en el diario, periódico, gaceta o boletín oficial digital correspondiente.
Sindicatos:
- Estatuto de la agrupación (original).
- Resolución de registro emitida por la autoridad laboral competente (original).
Demás figuras de agrupación que regule la legislación vigente:
- Documento constitutivo que corresponda según lo establezca la ley de la materia (original).
Empresas exportadoras de servicios de convenciones y exposiciones:
- Documento que acredite que el interesado es titular de los derechos para operar un centro de convenciones o de exposiciones (original).
Asociaciones religiosas:
- En sustitución de la copia certificada del documento constitutivo protocolizado, el Certificado de Registro Constitutivo que emite la Secretaría de Gobernación, de conformidad con la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y su Reglamento (original).
- Estatutos de la asociación protocolizados (original).
- Dictamen de la solicitud para obtener el registro constitutivo como asociación religiosa, emitido por la Secretaría de Gobernación (original).
Fideicomiso:
- Contrato de fideicomiso, con firma autógrafa del fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria protocolizado ante fedatario público (original o copia certificada).
- En el caso de entidades de la Administración Pública, impresión o copia simple del diario, periódico o gaceta oficial donde se publique el Decreto o Acuerdo por el que se crea el fideicomiso.
- Número de contrato del fideicomiso.
Personas morales de carácter agrario o social y demás sociedades que integren módulos de riego o que las auxilien (distintas de Sindicatos):
- Documento mediante el cual se constituyeron o hayan sido reconocidas legalmente por la autoridad competente (original o copia certificada).
- Documento notarial, nombramiento, acta, resolución, laudo o documento que corresponda de conformidad con la legislación aplicable, para acreditar la personalidad del representante legal. Este puede ser socio, asociado, miembro o cualquiera que sea la denominación que conforme a la legislación aplicable se otorgue a los integrantes de la misma, quien deberá contar con facultades para representar a la persona moral ante toda clase de autoridades o para cualquier tipo de actos administrativos, en lugar del poder general para actos de dominio o administración, (copia certificada).
- Las claves en el RFC y la manifestación por escrito a que se refieren los numerales 9 y 10 de esta sección, solo serán aplicables para los representantes de la Asamblea, siempre y cuando el acta de asamblea donde consta la elección de esta, se encuentre inscrita en el Registro Agrario Nacional.
- Así como para los representantes o encargado de la administración y operación de los sistemas de riego para el aprovechamiento común de las aguas nacionales, siempre y cuando se encuentre señalada su designación en el Reglamento de la persona moral.
- El documento en el que conste la inscripción en el Registro Agrario Nacional a que se refiere el requisito anterior o, en su caso, la concesión para administrar u operar un sistema de riego o para la explotación, uso o aprovechamiento común de aguas nacionales para fines agrícolas emitido por autoridad competente.
Personas morales de carácter social (distintas de Sindicatos):
- Documento mediante el cual se constituyeron o hayan sido reconocidas legalmente por la autoridad competente (original o copia certificada).
- Documento notarial, nombramiento, acta, resolución, laudo o documento que corresponda de conformidad con la legislación aplicable, para acreditar la personalidad del representante legal. Este puede ser socio, asociado, miembro o cualquiera que sea la denominación que conforme a la legislación aplicable se otorgue a los integrantes de la misma, quien deberá contar con facultades para representar a la persona moral ante toda clase de autoridades o para cualquier tipo de actos administrativos, en lugar del poder general para actos de dominio o administración, (copia certificada).
- Presentar el 50% más uno de las claves en el RFC de sus socios o asociados de la manifestación por escrito a que se refieren los numerales 8 y 9 de esta sección.
Sociedades Financieras de Objeto Múltiple:
- Contar con el folio vigente en el trámite de inscripción asignado por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), dentro del portal del registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES).
Fondos de Inversión:
- Acta suscrita por el fundador aprobada por la CNBV, en la que dé fe de la existencia del fondo de inversión (original).
- Se acepta como documento constitutivo protocolizado el acta constitutiva y estatutos sociales aprobados por la CNBV. No será necesario hacer constar dichos documentos ante notario o corredor público ni ante el Registro Público de Comercio.
Personas morales que se extinguieron con motivo de una fusión:
- Documento notarial en donde conste la fusión (copia certificada y copia simple).
- Cualquiera de los poderes señalados en los numerales 2, 3 y 4 del Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente del representante legal de la empresa que subsista o que resulte de la fusión (copia certificada).
Personas morales declaradas en quiebra:
- Sentencia dictada en concurso mercantil, así como del auto que la declare ejecutoriada. (original o copia certificada).
- Nombramiento y aceptación del cargo del síndico, acordados por el juez de la causa. (original o copia certificada).
Personas morales en liquidación:
- Pueden realizar el trámite a través del representante legal de la empresa en liquidación, o bien, por aquella persona a quién le hayan sido conferidas las facultades de liquidador. Este último debe acreditar su calidad como representante legal a través de un nombramiento o designación, de acuerdo con el Capítulo XI de la LGSM. El nombramiento no puede tener limitaciones en cuanto a las facultades del liquidador para realizar actos de administración o dominio. (original o copia certificada). En este supuesto no será necesario cumplir con el requisito referido en el numeral 7 relativo al comprobante de domicilio.
Oficinas de Representación de Entidades Financieras del exterior:
- Estatutos sociales vigentes de la Oficina de Representación (original o copia certificada).
- Resolución o acuerdo del órgano competente de la Entidad Financiera del exterior en el que se designe al representante legal con poder general para actos de dominio o de administración (original o copia certificada).
- Si dicha documentación fue emitida por autoridades extranjeras, deberá presentarse apostillada, legalizada y formalizada ante fedatario público mexicano y, en su caso, adjuntar la traducción al español por perito autorizado.
En caso de que presentes como identificación oficial la credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral, esta debe estar vigente como medio de identificación, puedes validarla en la siguiente liga: https://listanominal.ine.mx/scpln/
El representante legal deberá estar previamente inscrito en el RFC y contar con certificado de e.firma vigente.
Responder las preguntas que le realice la autoridad, relacionadas con la situación fiscal del contribuyente que pretende obtener el certificado de e.firma.
Tratándose de documentos públicos emitidos por autoridades extranjeras, siempre deben presentarse apostillados, legalizados y formalizados ante fedatario público mexicano y, en su caso, presentar la traducción al español por perito autorizado.
Documentos que obtienes
- Cuando proceda el trámite: Certificado digital de e.firma, archivo digital con terminación .cer y comprobante de renovación del Certificado de e.firma.
- Cuando no proceda el trámite: Acuse de requerimiento de información adicional, relacionada con su situación fiscal, mediante el cual se informa que la autoridad requiere aclarar la situación fiscal del contribuyente, del representante legal, o en su caso, de los socios, accionistas o integrantes.
¿Dónde se presenta?
En cualquier oficina del SAT que preste el servicio de e.firma para personas morales, previa cita registrada en el Portal del SAT.
Documento Descargable
Compromiso de servicio
Calidez y amabilidad en el servicio.
Requisitos
- Correo electrónico al que tengas acceso.
- Unidad de memoria extraíble (USB) preferentemente nueva, que contenga el archivo de requerimiento (.req) generado previamente en el programa Certifica
- Forma oficial FE "Solicitud de Certificado de e.firma", disponible en el apartado “Documento descargable”, por duplicado y firmada en tinta azul
- Documento constitutivo protocolizado (original o copia certificada).
- Identificación oficial original y vigente del representante legal.
- Cualquiera de los poderes señalados en los numerales 2, 3 y 4 del Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, ddel Anexo 1-A de la RMF. (Copia certificada)
- Comprobante de domicilio, que puede ser cualquiera de los señalados en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso B) Comprobante de domicilio, del Anexo 1-A de la RMF (original).
- El representante legal deberá estar previamente inscrito en el RFC y contar con certificado de e.firma activo.
- Presentar la clave del RFC válida, de cada uno de los socios, accionistas o asociados que se mencionen dentro del acta constitutiva, en el caso de que dichos sujetos sean diferentes a los señalados en la citada acta se deberá presentar el acta de asamblea protocolizada que así lo acredite (original). Cuando se cuente con más de 5 socios, deberás proporcionar en unidad de memoria extraíble (USB) un archivo en formato Excel (*.xlsx) que contenga la información de la totalidad de socios, accionistas o integrantes de la persona moral con las siguientes características: a. Primera columna. – RFC a 13 posiciones del representante legal, socio, accionista o integrante de la persona moral o en el caso de socios personas morales el RFC a 12 posiciones (formato alfanumérico). b. Segunda columna. – Nombre(s) del socio, accionista o integrante de la persona moral. En caso de que los socios, accionistas o integrantes sean personas morales, la denominación o razón social (formato alfanumérico). c. Tercera columna. - Primer apellido del socio, accionista o integrante de la persona moral. (formato alfabético). d. Cuarta columna. – Segundo apellido del socio, accionista o integrante de la persona moral. (formato alfabético).
- Manifestación por escrito que contenga las claves del RFC validas de los socios, accionistas o asociados, los cuales deben coincidir con la información contenida en el documento constitutivo o, en su caso, en el acta de asamblea protocolizada que así lo acredite (original).
- Manifestación por escrito que contenga la clave del RFC del socio o accionista que cuenta con el control efectivo de la persona moral de conformidad con lo señalado en el artículo 27, apartado B fracción VI, del CFF. El socio o accionista debe coincidir con la información contenida en el acta constitutiva o, en su caso, en el acta de asamblea protocolizada.
- Adicionalmente los requisitos señalados para cada caso de conformidad con lo manifestado en información adicional.