Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar para CRS que no califiquen como Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar para FATCA.

Costo

Trámite gratuito

¿Cuándo se presenta?

Dentro del mes siguiente a la obtención del GIIN que corresponda.

Fundamento Legal

  • Artículos 32-B, fracción V y 32-B Bis del Código Fiscal de la Federación.
  • Artículos 7, tercer párrafo, 55, fracciones I y IV, 56, 86, fracción I, 89, segundo párrafo, 136, último párrafo y 192, fracción VI de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
  • Artículos 92, 93 y 253, fracción I, último párrafo del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
  • Reglas 2.12.13. y 3.5.8. de la Resolución MIscelánea Fiscal.
  • Anexos 25 y 25-Bis contenidos en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal.
En línea
  1. Presenta tu aviso a través de Buzón Tributario.
  2. Recibe y conserva tu acuse de recibo.

Información adicional

Documentos que obtienes

Requisitos

  1. Manifestación en la cual se señale el nombre de la Institución Financiera Sujeta a Reportar, RFC y GIIN.
  2. Manifestación bajo protesta de decir verdad que la Institución Financiera Sujeta a Reportar no califica como Institución Financiera de México Sujetas a Reportar, en los términos del Anexo 25 de la RMF.
x OrientaSAT