Presenta declaración informativa de donativos recibidos para mitigar y combatir el virus SARS-CoV2
Te sirve para presentar la declaración informativa de donativos recibidos u otorgados para atender las contingencias ocasionadas con motivo de la pandemia derivada del coronavirus COVID-19.
¿Quiénes lo presentan?
Las Donatarias Autorizadas; aquellas organizaciones civiles y fideicomisos a los que se les haya revocado o no se les haya renovado la autorización; las personas morales con fines no lucrativos y Fideicomisos cuya vigencia de autorización para recibir donativos deducibles en términos de la Ley de ISR, haya concluido y no se haya obtenido nuevamente o renovado dentro del plazo de doce meses; aquellas que cuenten con autorización para recibir donativos deducibles que hayan presentado ante el Portal del SAT el aviso de suspensión de actividades a que se refiere la ficha de trámite 169/CFF “Aviso de suspensión de actividades de personas morales”, siempre que hayan recibido u otorgado donativos para atender las contingencias ocasionadas con motivo de la pandemia derivada del coronavirus COVID-19.
Costo
Gratuito
¿Cuándo se presenta?
Primera declaración informativa del 1 al 31 de enero de 2021.
Fundamento Legal
- Ley del Impuesto Sobre la Renta, artículo 82, fracción VI.
- Resolución Miscelánea Fiscal, regla 3.10.29, ficha 146/ISR del Anexo 1-A.
- Ingresa con el RFC de la organización civil o fideicomiso.
- Selecciona la opción Transparencia.
- Da clic en la opción Registrar informe.
- Selecciona como eventualidad a registrar COVID 2020, así como el periodo al que corresponde el informe.
- Requisita la información.
- Firma y envía la información correspondiente.
- Obtén acuse de presentación de la solicitud.
- Guarda el acuse en tu equipo de cómputo.
Información adicional
Los donativos recibidos o entregados para mitigar y combatir el virus SARS-CoV2 que deben informarse corresponden al periodo comprendido del 30 de marzo de 2020, fecha en la que se declaró como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) al 31 de diciembre de 2020.
La declaración informativa que presenten las donatarias autorizadas serán definitivas y solo se podrán modificar por la Donataria Autorizada hasta en una ocasión.
La modificación de la declaración se efectuará mediante la presentación de declaración que sustituya a la anterior, teniendo como definitiva ésta, debiendo contener todos los datos que requiera la declaración aun cuando solo se modifique alguno de ellos y dentro del mismo periodo del informe que se está presentando.
Documentos que obtienes
- Acuse de presentación del informe.
Requisitos
- Contar con el RFC de la organización civil o fideicomiso.
- Firmar la solicitud con la e.firma de la institución de asistencia o de beneficencia, asociación, sociedad civil o fideicomiso.
- Verificar los requerimientos técnicos del equipo de cómputo. Explorador: Firefox Mozilla 3.6, Chrome 27 y versiones superiores, Microsoft Edge.