Solicitud para dejar sin efectos la autorización para operar como órgano certificador
Solicita dejar sin efectos la autorización para seguir operando como órgano certificador por así convenir a tus intereses.
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¿Quiénes lo presentan?
Los órganos certificadores autorizados.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
Cuando lo requieras.
Fundamento Legal
- Código Fiscal de la Federación, artículos 32-I.
- Resolución Miscelánea Fiscal vigente, regla 2.18.4. y 2.18.5.
- Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, ficha de trámite 266/CFF.
- Da clic en Iniciar
- Autentícate tu RFC y Contraseña.
Información adicional
Una vez que presentes tu aviso, debes:
- Prestar el servicio en el periodo de transición de 90 días naturales, contados a partir de la hora y fecha manifestada en tu solicitud.
- Para presentar la documentación que refiere la regla 2.18.4., fracción III, de la RMF, el trámite se realiza a través de Mi portal, de conformidad con la ficha de trámite 266/CFF del Anexo 1-A de la RMF.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo.
Requisitos
- Señalar el motivo por el que pretendes dejar sin efectos tu autorización, así como la hora y fecha en que pretendes dejar de operar, misma que no puede ser menor a la fecha de presentación de tu aviso.