Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Residentes en el extranjero que opten por determinar el ISR sobre una base neta cuando obtengan ingresos por el uso o goce temporal de sus bienes inmuebles.

Costo

Trámite gratuito

¿Cuándo se presenta?

En los meses de enero y febrero de cada año.

Fundamento Legal

  • Regla 3.18.5. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
  • Ficha de trámite 53/ISR, contenida en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal.
 
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En línea
  1. Presenta tu trámite a través del buzón tributario.
  2. Recibe y conserva tu acuse de recibo.

Información adicional

Documentos que obtienes

Requisitos

  1. Nombre, denominación o razón social y clave en el RFC de la persona o de las personas que les hubieren realizado pagos por concepto de uso o goce temporal de bienes inmuebles ubicados en territorio nacional, así como el monto de los pagos recibidos de cada uno durante el ejercicio fiscal anterior.
  2. Descripción detallada de los inmuebles ubicados en territorio nacional por los que hubiere percibido ingresos por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles en el ejercicio fiscal inmediato anterior.
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