Presenta el aviso de suspensión y reanudación de actividades de tus trabajadores (asalariados)
Te sirve para cumplir con la obligación de avisar sobre la suspensión y reanudación de actividades de tus trabajadores (asalariados o asimilados a salarios) cuando se retiran por renuncia, despido o para nuevas contrataciones.
< Volver
¿Quiénes lo presentan?
Persona Física o Moral en su carácter de empleador o patrón.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
Como patrón, cuando requieras presentar dichos avisos por cuenta de tus trabajadores.
Fundamento Legal
- Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
- Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 30, fracción IV, incisos a) segundo párrafo.
- Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.5.13.
- Código Fiscal de Procedimientos Civiles, artículo 297.
- Selecciona “Servicios por internet”, ingresa la opción "Servicio o solicitudes".
- Elige la opción Solicitud.
- Elige en el campo de trámite "SUSPENSIÓN ASALARIADOS" o "REANUDACIÓN ASALARIADOS".
- Captura en el campo de asunto: Solicitud de suspensión o reanudación de actividades, según el caso.
- Captura en el campo de descripción: Solicito la suspensión o reanudación de actividades de los contribuyentes asalariados en el Padrón del RFC, según el caso.
- Adjunta el archivo con extensión .txt.
Información adicional
El archivo deberá contener nueve campos delimitados por pipes "|", utilizar únicamente mayúsculas y debe ser en Código Estándar Americano para el intercambio de información (ASCII), sin importar el nombre de dicho archivo. La estructura del archivo deberá estar conformado de la siguiente forma:
- Primera columna.- RFC del asalariado a 13 posiciones.
- Segunda columna.- CURP del asalariado a 18 posiciones.
- Tercera columna.- Apellido paterno del asalariado.
- Cuarta columna.- Apellido materno del asalariado (no obligatorio).
- Quinta columna.- Nombre del asalariado.
- Sexta columna.- Fecha de suspensión o reanudación del asalariado en formato DD/MM/AAAA.
- Séptima columna.- Indicador de la suspensión o reanudación del asalariado de acuerdo a los valores siguientes (Únicamente pueden ser los valores 1 o 2):
1. Suspensión de asalariados.
2. Reanudación de asalariados.
- Octava columna.- Clave de RFC del patrón a 12 ó 13 posiciones, según corresponda persona moral o persona física.
- Novena columna.- Indicador de los Ingresos del asalariado de acuerdo a los valores siguientes (Únicamente pueden ser los valores 1,2,3,4,5 o 6):
1. Asalariados con ingresos mayores a $400,000.00
2. Asalariados con ingresos menores o iguales a $400,000.00
3. Asimilables a salarios con ingresos mayores a $400,000.00
4. Asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00
5. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios con ingresos mayores a $400,000.00
6. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00
- Las columnas no deben contener títulos o estar vacías, excepto la cuarta columna.
- Sin tabuladores.
Documentos que obtienes
- Acuse de recepción del caso de "servicio o solicitud" con sello digital, que contiene la fecha de presentación y el número de folio del servicio o solicitud.
Requisitos
- Contar con Contraseña.
- Ser empleador o patrón.