Presenta el aviso de suspensión y reanudación de actividades de tus trabajadores (asalariados)
Te sirve para cumplir con la obligación de avisar sobre la suspensión y reanudación de actividades de tus trabajadores (asalariados o asimilados a salarios) cuando se retiran por renuncia, despido o para nuevas contrataciones.
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¿Quiénes lo presentan?
Persona Física o Moral en su carácter de empleador o patrón.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
Como patrón, cuando requieras presentar dichos avisos por cuenta de tus trabajadores.
Fundamento Legal
- Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
- Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 30, fracción IV, incisos a) segundo párrafo.
- Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.5.13.
- Código Fiscal de Procedimientos Civiles, artículo 297.
- Ficha de trámite 75/CFF "Aviso de suspensión/reanudación de actividades de asalariados"
- Selecciona “Servicios por internet”, ingresa la opción "Servicio o solicitudes".
- Elige la opción Solicitud.
- Elige en el campo de trámite "SUSPENSIÓN ASALARIADOS" o "REANUDACIÓN ASALARIADOS".
- Captura en el campo de asunto: Solicitud de suspensión o reanudación de actividades, según el caso.
- Captura en el campo de descripción: Solicito la suspensión o reanudación de actividades de los contribuyentes asalariados en el Padrón del RFC, según el caso.
- Adjunta el archivo con extensión .txt.
Información adicional
El archivo deberá contener nueve campos delimitados por pipes "|", utilizar únicamente mayúsculas y debe ser en Código Estándar Americano para el intercambio de información (ASCII), sin importar el nombre de dicho archivo. La estructura del archivo deberá estar conformado de conformidad con la
Ficha de trámite 75/CFF "Aviso de suspensión/reanudación de actividades de asalariados" de la siguiente forma:
- Primera columna.- RFC del asalariado a 13 posiciones.
- Segunda columna.- CURP del asalariado a 18 posiciones.
- Tercera columna.- Apellido paterno del asalariado.
- Cuarta columna.- Apellido materno del asalariado (no obligatorio).
- Quinta columna.- Nombre del asalariado.
- Sexta columna.- Fecha de suspensión o reanudación del asalariado en formato DD/MM/AAAA.
- Séptima columna.- Indicador de la suspensión o reanudación del asalariado de acuerdo a los valores siguientes (Únicamente pueden ser los valores 1 o 2):
1. Suspensión de asalariados.
2. Reanudación de asalariados.
- Octava columna.- Clave de RFC del patrón a 12 ó 13 posiciones, según corresponda persona moral o persona física.
- Novena columna.- Indicador de los Ingresos del asalariado de acuerdo a los valores siguientes (Únicamente pueden ser los valores 1,2,3,4,5 o 6):
1. Asalariados con ingresos mayores a $400,000.00
2. Asalariados con ingresos menores o iguales a $400,000.00
3. Asimilables a salarios con ingresos mayores a $400,000.00 y menores a $75,000,000.00. (Setenta y cinco millones de pesos 00/100 M.N.)
4. Asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00
5. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios con ingresos mayores a $400,000.00
6. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00
- Las columnas no deben contener títulos o estar vacías, excepto la cuarta columna.
- Sin tabuladores.
Documentos que obtienes
- Acuse de recepción del caso de "servicio o solicitud" con sello digital, que contiene la fecha de presentación y el número de folio del servicio o solicitud.
Requisitos
- Contar con Contraseña.
- Ser empleador o patrón.