Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

El emisor autorizado para emitir monederos electrónicos de vales de despensa.

Costo

Trámite gratuito.

¿Cuándo se presenta?

Cuando lo requiera.

Fundamento Legal

  • Código Fiscal de la Federación, artículo 37.
  • Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 27, fracción XI.
  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente, regla 3.3.1.40.
  • Anexo 1-A Resolución Miscelánea Fiscal vigente, ficha 120/ISR.
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Información adicional

Documentos que obtienes

Requisitos

  1. Señalar el motivo por el que se pretende dejar sin efectos la autorización para emitir monederos electrónicos de vales de despensa, así como la hora y fecha en que pretende dejar de operar, misma que no puede ser menor a la fecha de presentación de su aviso.