Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas dedicadas a las artes plásticas.

¿Cuándo se presenta?

De febrero a abril de cada año.

Periodicidad

Anual

Obligación a cumplir

El pago de los impuestos de ISR e IVA que generan las personas dedicadas a las artes plásticas por la venta de obras de arte de su producción.

Objetivo

Cumplir con el pago de los impuestos de ISR e IVA en declaración anual a través de donación  o entrega de obras arte de febrero a abril de cada año de las personas dedicadas a las artes plásticas por la venta de obras de arte de su producción.

Fundamento Legal

Obligación de presentar tu declaración.
 
  • Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 1994, adicionado el 28 de noviembre de 2006 y el 5 de noviembre de 2007.
  • Decreto del 31 de octubre de 1994, Artículo 4.
 
Requisitos para la presentación de donación.
 
  • Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: Reglas 11.1.1, 11.1.2, 11.1.3, 11.1.4, 11.1.5, 11.1.6, 11.1.7, 11.1.8 y 11.1.9. 
  • Ley del Servicio de Administración Tributaria, última reforma 4 de diciembre de 2018. Artículos 7-A, 7-B, 7-C.
 
Fuera de Línea
Formato descargable

Información adicional

De manera presencial, ante la Subadministración de Pago en Especie adscrita a la Administración para el Destino de Bienes “5” de la Administración Central de Destino de Bienes; o ante las Administraciones de Operación de Recursos y Servicios “7”, “8” y “9”, o las Subadministraciones de Recursos y Servicios, de la Administración Central de Operación de Recursos y Servicios.

 

Para apegarse al Decreto, debe presentar lo siguiente:

 

a) Formato de “Aviso de inicio o término pago en especie” (HDA-1).

b) Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones del Anexo 1-A de la RMF.

c) Curriculum vitae.

 

Para darse de baja del programa, presentar el Formato de “Aviso de inicio o término pago en especie” (HDA-1), misma que tendrá efectos el año siguiente del que se presente.

 

·  Tratándose de obras de arte propuestas para el pago de los impuestos, presentar imagen digital de las obras que proponga en pago:

 

a) Formato de “Pago en especie declaración anual ISR, IETU e IVA” (HDA-2).

b) Anexo 1 “Pago de Obras".

 

·  Para el caso de obras donadas a museo, presentar imagen digital de las obras donadas y:

 

a) Formato de “Pago en especie declaración anual ISR, IETU e IVA” (HDA-2).

b) Anexo 2 “Donación de obras”.

c) Documentación que ampare la donación de las obras.

 

Cuando un artista que haya optado por pagar sus impuestos en los términos del Decreto, no enajene obra de su producción en un año o resida dicho año en el extranjero, bastará que presente su declaración en formato de “Pago en especie declaración anual ISR, IETU e IVA” (HDA-2), pudiendo acompañar alguna obra de su producción si así lo deseara.

 

·  Tratándose de pinturas, esculturas y grabado propuestas para el pago de los impuestos, presentar las mismas ante la Subadministración de Pago en Especie adscrita a la Administración para el Destino de Bienes “5” o ante las Administraciones de Recursos y Servicios “7”, “8” y “9”, o las Subadministraciones de Recursos y Servicios atendiendo los siguientes requisitos:

 

a) Tratándose de pinturas y grabados, deberán estar firmados, fechados, enmarcados, armellados y alambrados. Tratándose de grabados, deberán además tener número de serie.

b) Tratándose de esculturas, deberán estar firmadas, fechadas y con número de serie. 

 

Tratándose de obras donadas, las mismas se presentan ante museos propiedad de personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles, o que pertenezcan a la Federación, una Entidad Federativa, Municipio u organismo descentralizado.

 

 

Información adicional

De manera presencial, ante la Subadministración de Pago en Especie adscrita a la Administración para el Destino de Bienes “5” de la Administración Central de Destino de Bienes; o ante las Administraciones de Operación de Recursos y Servicios “7”, “8” y “9”, o las Subadministraciones de Recursos y Servicios, de la Administración Central de Operación de Recursos y Servicios.

 

Para apegarse al Decreto, debe presentar lo siguiente:

 

a) Formato de “Aviso de inicio o término pago en especie” (HDA-1).

b) Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones del Anexo 1-A de la RMF.

c) Curriculum vitae.

 

Para darse de baja del programa, presentar el Formato de “Aviso de inicio o término pago en especie” (HDA-1), misma que tendrá efectos el año siguiente del que se presente.

 

·  Tratándose de obras de arte propuestas para el pago de los impuestos, presentar imagen digital de las obras que proponga en pago:

 

a) Formato de “Pago en especie declaración anual ISR, IETU e IVA” (HDA-2).

b) Anexo 1 “Pago de Obras".

 

·  Para el caso de obras donadas a museo, presentar imagen digital de las obras donadas y:

 

a) Formato de “Pago en especie declaración anual ISR, IETU e IVA” (HDA-2).

b) Anexo 2 “Donación de obras”.

c) Documentación que ampare la donación de las obras.

 

Cuando un artista que haya optado por pagar sus impuestos en los términos del Decreto, no enajene obra de su producción en un año o resida dicho año en el extranjero, bastará que presente su declaración en formato de “Pago en especie declaración anual ISR, IETU e IVA” (HDA-2), pudiendo acompañar alguna obra de su producción si así lo deseara.

 

·  Tratándose de pinturas, esculturas y grabado propuestas para el pago de los impuestos, presentar las mismas ante la Subadministración de Pago en Especie adscrita a la Administración para el Destino de Bienes “5” o ante las Administraciones de Recursos y Servicios “7”, “8” y “9”, o las Subadministraciones de Recursos y Servicios atendiendo los siguientes requisitos:

 

a) Tratándose de pinturas y grabados, deberán estar firmados, fechados, enmarcados, armellados y alambrados. Tratándose de grabados, deberán además tener número de serie.

b) Tratándose de esculturas, deberán estar firmadas, fechadas y con número de serie. 

 

Tratándose de obras donadas, las mismas se presentan ante museos propiedad de personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles, o que pertenezcan a la Federación, una Entidad Federativa, Municipio u organismo descentralizado.

 

 

¿Dónde se presenta?

En las oficinas del SAT previa cita.
 
Conmutador: 55 58 02 00 00 extensiones: 42331, 41411, 28848, 49481, 42602 y 42182
 
Correo electrónico: pagoenespecie@sat.gob.mx
 
  1. Descarga el formato oficial HDA-2 de la declaración anual que se encuentra en "documento descargable"
  2. Llena e imprime el formato oficial HDA-2 y el Anexo 2 por duplicado con firma autógrafa
  3. Presenta la declaración anual
  4. Presenta la documentación que ampare la donación o entrega para su exhibición y conservación de la obra de arte
  5. Presenta la imagen digital de la obra de arte donada o entregada para su exhibición y conservación al museo

Información adicional

De manera presencial, ante la Subadministración de Pago en Especie adscrita a la Administración para el Destino de Bienes “5” de la Administración Central de Destino de Bienes; o ante las Administraciones de Operación de Recursos y Servicios “7”, “8” y “9”, o las Subadministraciones de Recursos y Servicios, de la Administración Central de Operación de Recursos y Servicios.

 

Para apegarse al Decreto, debe presentar lo siguiente:

 

a) Formato de “Aviso de inicio o término pago en especie” (HDA-1).

b) Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones del Anexo 1-A de la RMF.

c) Curriculum vitae.

 

Para darse de baja del programa, presentar el Formato de “Aviso de inicio o término pago en especie” (HDA-1), misma que tendrá efectos el año siguiente del que se presente.

 

·  Tratándose de obras de arte propuestas para el pago de los impuestos, presentar imagen digital de las obras que proponga en pago:

 

a) Formato de “Pago en especie declaración anual ISR, IETU e IVA” (HDA-2).

b) Anexo 1 “Pago de Obras".

 

·  Para el caso de obras donadas a museo, presentar imagen digital de las obras donadas y:

 

a) Formato de “Pago en especie declaración anual ISR, IETU e IVA” (HDA-2).

b) Anexo 2 “Donación de obras”.

c) Documentación que ampare la donación de las obras.

 

Cuando un artista que haya optado por pagar sus impuestos en los términos del Decreto, no enajene obra de su producción en un año o resida dicho año en el extranjero, bastará que presente su declaración en formato de “Pago en especie declaración anual ISR, IETU e IVA” (HDA-2), pudiendo acompañar alguna obra de su producción si así lo deseara.

 

·  Tratándose de pinturas, esculturas y grabado propuestas para el pago de los impuestos, presentar las mismas ante la Subadministración de Pago en Especie adscrita a la Administración para el Destino de Bienes “5” o ante las Administraciones de Recursos y Servicios “7”, “8” y “9”, o las Subadministraciones de Recursos y Servicios atendiendo los siguientes requisitos:

 

a) Tratándose de pinturas y grabados, deberán estar firmados, fechados, enmarcados, armellados y alambrados. Tratándose de grabados, deberán además tener número de serie.

b) Tratándose de esculturas, deberán estar firmadas, fechadas y con número de serie. 

 

Tratándose de obras donadas, las mismas se presentan ante museos propiedad de personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles, o que pertenezcan a la Federación, una Entidad Federativa, Municipio u organismo descentralizado.

 

 

¿Dónde se presenta?

 
 

Documento Descargable

Requisitos

  1. Formato oficial HDA-2, anexo 1 y 2
  2. Documentación que ampare la donación o entrega para su exhibición y conservación de obras.
  3. Imagen digital con ficha de la obra de arte donada o entregada para su exhibición y conservación.

Documentos que obtienes

x OrientaSAT